La Fiscalía General de la República, reconoció que “hablar de feminicidio no solo es hablar de cifras o de normas jurídicas, es hablar de vidas que fueron arrebatadas y de una deuda histórica en materia de investigación y acceso a la justicia a las mujeres y familias víctimas de este flagelo social”.
Durante la “Conferencia del Pueblo” de este martes, la Presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo presentó la propuesta de “Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio”, la cual tiene que ver con llevar a todo el país ese esquema de investigación, atención y desarrollo “una serie de políticas para prevenir” el feminicidio.
La titular de la Fiscalía General de la República, Ernestina Godoy, adelantó que el 15 de abril, se presentará el Plan Estratégico de Procuración de Justicia, “que será entregado al Senado de la República y a la Presidenta, como titular del Ejecutivo”.
Posteriormente agregó que, “para atacar la violencia feminicida se requiere, en primer lugar, una reforma constitucional con el objeto de modificar el inciso A de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución a efecto de facultar al Congreso de la Unión para expedir una Ley General en materia de Prevención, Investigación y Sanción de Feminicidio, que establezca el tipo penal y sus sanciones, permitiendo una adecuada articulación de acciones que garantice el acceso a una vida libre de violencia de las mujeres, de las niñas y adolescentes”.
De igual manera, desglosó el tipo penal, penas y agravantes del Feminicidio en la propuesta de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio.
En donde el Tipo Penal implica que, “Comete el delito de feminicidio la personas que prive de la vida a una mujer por razones de género”, incluyendo 9 razones de género, como pueden ser: signos de violencia sexual; delito motivado por estereotipos o prejuicios; antecedentes de violencias contra la víctima; contextos de asimetría de poder, entre otras.

La pena impuesta podrá ir de 40 a 70 años de prisión, con una multa de mil a dos mil UMAS, considerando 21 agravantes, por ejemplo que:
- La víctima sea niña, adolescente o adulta mayor, esté embarazada o viva con discapacidad.
- Sea periodista, defensora de derechos humanos o migrante.
- Se cometa por una persona servidora pública.
- La víctima presente signos de violencias con ataques con ácido o sustancias inflamables.
Mientras algunas de las Responsabilidades Adicionales a la propuesta de “Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio”, además de la Pena privativa de la libertad, consistirán en que, el responsable también perderá sus derechos sucesorios; la tutela, curatela, guarda y custodia; la patria potestad; y será destituido e inhabilitado para el desempeño de cualquier cargo público de ser el caso, así como:
- La prohibición de excusas absolutorias o atenuantes por el delito de feminicidio.
- El delito, su sanción y la reparación del daño son imprescriptibles.
- No procederán criterios de oportunidad, conmutación de pena, libertad condicionada ni amnistías.
En el caso de los derechos de las víctimas y la reparación integral en la propuesta de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio, se incluirán:
- Acceso a la verdad y la justicia.
- Atención médica y psicológica de urgencia para sobrevivientes y víctimas directas.
- Asistencia jurídica especializada y gratuita.
- Seguridad social para niñas, niños y adolescentes en orfandad.
- Restitución o entrega del cuerpo de manera digna, respetuosa y asistida.
- Servicios de traducción e interpretación.

La reparación integral del daño deberá ser transformadora, adecuada, efectiva, rápida y proporcional, con énfasis en que las personas, medios de comunicación y plataformas digitales, deberán respetar la dignidad de las víctimas directas e indirectas; y todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de garantizar el derecho a la verdad.
De igual importancia, dentro de las “Políticas de Prevención y Atención de la Violencia Feminicida” manifestaron la creación de la Comisión Especial y el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sanciónale y Erradicar las Violencias Contra las Mujeres, con el objetivo de “Verificar y promover que en los estados existan elementos institucionales, normativos y estructurales de prevención, atención sanción y erradicación de la violencia feminicida”.
Promoviendo la armonización del tipo penal y actualización de protocolos especializados de investigación; así como la implementación de campañas de concientización e información para prevenir el delito de feminicidio; y creación de grupos de apoyo técnico a las investigaciones por feminicidio, con la finalidad de impulsar la elaboración y actualización de registros de feminicidios a nivel nacional.
Del mismo modo, resaltaron la importancia de los espacios de refugio seguro que brinda el Estado, como lo son, los Centros LIBRE; Centros de Justicia para Mujeres; Espacios de Refugio; #079 Línea de Mujeres; Alerta de Violencia de Género y las Abogadas de las Mujeres, mientras el Secretariado Ejecutivo integrará la información relativa a la incidencia delictiva del delito de feminicidio en colaboración con las Fiscalías y el INEGI.
Finalmente, anunciaron la creación del Registro Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Orfandad por Feminicidio, así como Planes Integrales de protección para mujeres sobrevivientes.
Por su parte, la presidenta Claudia Sheinbaum explicó que, con la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio, el Ministerio Público estará obligado a “investigar como Feminicidio cualquier muerte violenta de una mujer”, resaltando que este delito ocurre cuando “hubo un homicidio por el solo hecho de ser mujer, violencia contra la mujer por el hecho de ser mujer”.
También agregó la Mandataria Federal, que el objetivo de la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio es:
“Erradicar el feminicidio en México, que ninguna mujer muera en manos de nadie por el solo hecho de ser mujer y que nunca más un feminicidio sea catalogado como suicidio, culpando a la propia mujer de una muerte violenta. Tienen todos los estados que modificar sus leyes para asumir una Ley, esta Ley, porque es Ley General”, sentenció.

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